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Solicitud de Responsabilidad Patrimonial Municipal

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Solicitud de Responsabilidad Patrimonial Municipal

Órgano gestor

Ayuntamiento de Olazti/Olazagutia – Secretaría General (Olazti/Olazagutia)

Objeto

Son aquellos expedientes iniciados de oficio o por un particular (persona física o jurídica) para reclamar al Ayuntamiento de Olazti/Olazagutia daños y perjuicios acaecidos en personas y/o bienes privados como consecuencia de la actividad de éste.

Solicitantes – Beneficiarios/as

Todas las personas físicas o jurídicas afectadas.

Requisitos

  • Ser directamente afectado o su representante legalmente atribuido.
  • No haber transcurrido más de 1 año desde el hecho causante o desde el momento de poder determinar las consecuencias del mismo.

Documentación a presentar

a) Nombre y apellidos del interesado y, en su caso, de la persona que lo represente.

b) Identificación del medio electrónico, o en su defecto, lugar físico en que desea que se practique la notificación. Adicionalmente, los interesados podrán aportar su dirección de correo electrónico y/o dispositivo electrónico con el fin de que las Administraciones Públicas les avisen del envío o puesta a disposición de la notificación.

 c) Hechos, razones y petición en que se concrete, con toda claridad, la solicitud.

 d) Lugar y fecha.

 e) Firma del solicitante o acreditación de la autenticidad de su voluntad expresada por cualquier medio.

 f) Órgano, centro o unidad administrativa a la que se dirige y su correspondiente código de identificación.

 Además, se deberán especificar obligatoriamente artículo (67.2 de la Ley 39/2015):

 Las lesiones producidas

La presunta relación de causalidad entre éstas y el funcionamiento del servicio público

La evaluación económica de la responsabilidad patrimonial, si fuera posible.

El momento en que la lesión efectivamente se produjo

 Y potestativamente:

 Cuantas alegaciones, documentos e informaciones se estimen oportunos

Proposición de prueba, concretando los medios de que pretenda valerse el reclamante

Lugar de presentación

  • Ayuntamiento de Olazti/Olazagutia– Registro General (Olazti/Olazagutia)
  • Resto de cualquiera de los registros y oficinas a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre

Más información

Plazo: Un año, desde que se produjo el hecho o acto que motive la indemnización o desde la manifestación de su efecto lesivo.

Fases del procedimiento: Las generales del procedimiento administrativo, con las especialidades de los artículos 67, 81, 91 y 92 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre. Será necesario recabar dictamen del órgano consultivo de la Comunidad Foral de Navarra cuando la cuantía sea igual o superior a 50.000 euros.

Recursos: Recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, Recurso potestativo de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional que corresponda, en el plazo de dos meses (artículo 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio).

NORMATIVA

Normativa básica: Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículos 91 y 92, y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, artículos 32 a 35.

Plantillas de documentos a presentar

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas jurídicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
OLAZTI - P3118900D
Plaza García Ximénez, 1
31809 Olazti/Olazagutía (Navarra)
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